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Conducir entre 111 y 141 km/h en autopista o autovía desde el 7 de marzo se multa con 100 euros, aunque Tráfico no retirará puntos del carné de conducir hasta sobrepasar los 151 km/h, como hasta ahora. Entre 141 y 160 km/h. La sanción es de 300 euros y retirada de 2 puntos. Entre 161 y 170 km/h, 500 euros y 6 puntos. De 181 a 190 km/h, 600 euros y 6 puntos, y a partir de 191 km/h, será delito (prisión de 3 a 6 meses, retirada del carné, trabajos en beneficio de la comunidad y multa de 360 a 144.000 euros).
Para las asociaciones de conductores Dvuelta y Movimiento 140 estas sanciones, así como todo el planteamiento del Real Decreto que baja el límite de velocidad a 110 kilómetros por hora es contrario a la Ley de Tráfico y han interpuesto una denuncia al Tribunal Supremo.
Suspensión urgente del Real Decreto
Según alegaron en su recurso ante el Tribunal, la normativa establece que, a la hora de fijar estos límites, el Gobierno sólo puede tener en cuenta criterios relacionados con la seguridad vial. "El ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad, a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contienen", subrayan. Por ello, reclaman "la suspensión urgente de la aplicación de la norma.
Las nuevas sanciones son ilegales
El recurso de las asociaciones de conductores añade que "El Real Decreto modifica además la tipificación de delitos contra la seguridad del tráfico, sin tener en cuenta el bien jurídico protegido”. Para Dvuelta y Movimiento140"Esa rebaja del límite penal resulta totalmente antijurídica", ya que "no guarda relación con el bien jurídico a proteger, que es la seguridad vial, la evitación de los accidentes, y las consecuencias de éstos".
Habría que declarar la escasez de hidrocarburos
Los demandantes explican en un comunicado que el Ejecutivo podría haberse acogido a la Ley del Sector de Hidrocarburos y haber invocado el estado de "escasez de suministro petrolífero". De haberse procedido así, la modificación habría sido legal, pero “ni se ha utilizado esta normativa ni se ha reconocido que España se encuentre en esta situación”. Por ello, ambas asociaciones consideran que el Real Decreto "vulnera igualmente esa Ley del Sector de Hidrocarburos".
Para la DGT es “absolutamente legal”
Para la Dirección General de Tráfico, el recurso solo busca "llamar la atención" con "una interpretación torticera" de la ley. Según explica Ramón Ledesma, subdirector de Normativa del organismo, el cambio normativo es "absolutamente legal" y cuenta con el aval del Consejo de Estado. "La ley no entra a valorar los motivos por los que se establecen los límites de velocidad", asegura. Y añade: "Si no, el conductor tendría que preguntarse por las razones de cada señal y las consecuencias de incumplir la norma dependiendo de los motivos de esta". Ledesma pone como ejemplo la rebaja de velocidad en carreteras catalanas, en vigor hasta hace semanas, por motivos, entre otros, medioambientales.
Podría afectar al código Penal
Los fiscales delegados de Seguridad Vial también tienen que estudiar si la limitación de 110 km/h en autovía y autopista aprobada por el Gobierno debe afectar o no a la aplicación del Código Penal, de manera que en lugar de considerarse delito superar los 200 km/h en estas vías, como hasta ahora, se considere delito el exceder los 190 km/h, para lo cual han fijado una reunión a principios de abril.
¿Delito penal a partir de 191 km/h?
El Código Penal contempla como delito contra la Seguridad Vial "conducir un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente", por lo que desde las asociaciones de conductores se ha señalado que el nuevo límite de velocidad podría provocar que se comenzase a considerar delito excesos de velocidad a partir de 191 km/h.
Tomadura de pelo para UGC
De hecho, la Unión de Guardias Civiles (UGC) afirma que la nueva medida es "una tomadura de pelo". Para su secretario general, Manuel Mato Vázquez, "se trata de recaudar y punto”, y denuncia las presiones que reciben los agentes de tráfico para aumentar el número de sanciones "con fines recaudatorios", y añade que "los que denuncien poco, van a cobrar poco". Al parecer la Dirección General de la Guardia Civil está estudiando evaluar al personal de seguridad ciudadana como al de tráfico y tienen pensado quitar un complemento al que no denuncie".
La velocidad media ha bajado desde 2004
Automovilistas Europeos Asociados insisten en que el Real Decreto tiene, efectivamente, fines recaudatorios y cuestionan "el hipotético ahorro energético" que conllevará la nueva medida, argumentando que la velocidad media en autopistas y autovías ha bajado en más de 3 kilómetros por hora desde 2004. Entonces, la media era de 117,2 y en 2008 fue de 114,07. En cambio, el consumo de carburante aumentó en 1,3 millones de toneladas.
Se recaudarán 21 millones de euros más
La nueva tabla de sanciones confirma las opiniones vertidas por muchos conductores y expertos, que han advertido que el nuevo límite de velocidad generará más multas y, por lo tanto, más ingresos para Tráfico. Actualmente, las sanciones por exceso de velocidad suman más de 700.000 al año, cifra que podría alcanzar el millón con la nueva normativa, según Automovilistas Europeos Asociados. Su presidente, Mario Arnaldo, calcula que Tráfico recaudará unos 21 millones de euros extras con el nuevo límite de velocidad.
Recurrir las multas
Por todo ello, las asociaciones de conductores aconseja nrecurrir todas las sanciones impuestas por sobrepasar el límite de 110 en el periodo establecido por el Real Decreto desde el 7 de marzo hasta el 30 de junio, prorrogable.
El 13 de marzo en la Puerta del Sol
Por su parte, Movimiento140 recogido ya 27.000 firmas contra la reducción y ha convocado una concentración para el próximo domingo 13 de marzo en la Puerta del Sol de Madrid. Que contará con el apoyo de la Plataforma HazteOit.org y la Asociación Unificada de Guardia Civil (AUGC).
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