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Hasta ahora, las Jefaturas de Tráfico no tramitaban el cambio de titularidad administrativa de un vehículo en tanto su titular no hubiera acreditado el pago del impuesto de circulación correspondiente al periodo impositivo del año anterior al que se realiza el trámite.
Desde el 1 de enero, Tráfico solamente exigirá la acreditación del pago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, que es así como realmente se llama, si le consta que el titular del vehículo no ha abonado el Impuesto.
"Chivato" informático
Para poder llevar a cabo esta medida, los Ayuntamientos, al finalizar el periodo de recaudación de dicho Impuesto de Circulación remitirán informáticamente al Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico el listado de contribuyentes que no han abonado dicho impuesto, siendo únicamente a estos a los que se les exigirá dicha acreditación cuando realicen trámites antes las Jefaturas.
3 millones de recibos al año
Esta medida supondrá anualmente el ahorro de los 3 millones de fotocopias que se realizaban de los impuestos de circulación, equivalentes a los 3 millones de cambios de titularidad.
El contribuyente gana tiempo y dinero
También se busca el ahorro de las jornadas correspondientes a los aproximadamente 100 funcionarios de la Administración Central y Local, actualmente encargados de fiscalizar el cumplimiento del impuesto, y el ahorro aproximado de 22 millones de euros de los ciudadanos en jornadas laborales y costes de desplazamiento que suponía esa falta de interconexión entre las Jefaturas y los Ayuntamientos.
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