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50.000 automovilistas al año se quedarán sin coche con la reforma del Código Penal, que entra en vigor a partir del 23 de diciembre, si se aplica el último cómputo de infracciones graves facilitada por la DGT.
Esto significa en la práctica que, si se supera los 0,60 grados de alcohol en un control de alcoholemia, se conduce sin carné o habiendo perdido los puntos o si se va a 200 kilómetros por hora en autovía o a 110 en ciudad el juez podrá decomisar el vehículo del infractor el juez puede decomisar el vehículo del infractor.
No solo a los Kamikazes
Hasta ahora está medida sólo estaba prevista para el delito contemplado en el Art. 381 del Código Penal, relativo a los conductores “kamikazes”. Sin embargo, con la reforma aprobada se amplía a todos los delitos de seguridad vial previstos en el Capitulo V.
Medida excepcional para la DGT
El director de la DGT, Pere Navarro, ya explicó cuando se presentó la reforma en el Congreso de los Diputados que esta medida sólo se utilizaría de manera "excepcional como alternativa a la prisión". Según Navarro, simplemente "se le abre la posibilidad al juez, en función de las circunstancias especiales y excepcionales, de que en algún caso pueda considerar el decomiso del vehículo”.
Medida desproporcionada para AEA
Sin embargo las asociaciones de automovilistas no están muy conformes con la nueva Ley. Para Automovilistas Europeos Asociados (AEA) “la medida parece desproporcionada en los casos en los que no haya ningún resultado lesivo, no existan antecedentes o el vehículo no sea prueba pericial, por ejemplo, de delitos de tráficos de drogas o robos, donde sí estaría justificada la incautación del coche".
Depósito, no decomiso
AEA añade en su comunicado que “si lo que se persigue es una medida precautoria o cautelar para evitar que se pueda utilizar temporalmente un vehículo mientras alguien está privado del derecho a conducir, o sometido a cualquier programa de desintoxicación de alcohol o drogas. lo que habría que regular no es el decomiso sino el depósito, que es una figura más adecuada para estos supuestos, ya que permite recuperar la posesión del vehículo una vez que el automovilista ha pagado su deuda con la sociedad". Según AEA, el decomiso lleva implícita la subasta del vehículo.
Obligatorio el test de detección de drogas
Otra de las novedades que incluye la reforma del Código Penal respecto a la seguridad vial es la obligación de someterse a las pruebas de detección de drogas mediante tests indiciarios de saliva. En caso de negativa a realizar estos test se acusará al conductor de un delito contra la seguridad del tráfico. El castigo será una pena de prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir vehículos a motor de un año y un día hasta cuatro años.
El juez tiene la última palabra
Por otra parte, con el nuevo Código Penal se elimina la actual disyuntiva entre la pena de prisión y la de multa y trabajos en beneficio de la comunidad. A partir de ahora se establecen tres tipos de penas como alternativas y se concede a los jueces la facultad excepcional de rebajar la pena de prisión según el riesgo u otras circunstancias que suponga el hecho enjuiciado
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